Derechos del Consumidor - No respetados

Economía on line - 25/04/15

Multan con $ 270.000 a Telecom Arnet por "falta de servicios brindados y cobros indebidos"

La Dirección de Defensa del Consumidor de la provincia de Córdoba, multó a la firma Telecom Arnet por dos denuncias presentadas por usuarios.
Según los datos difundidos, la sanción impuesta se debe a que "cada día son más las denuncias que usuarios de telefonía fija y móvil realizan en contra de esta empresa por falta de servicios brindados y cobros indebidos".
En tal sentido, la Dirección de Defensa del Consumidor “viene advirtiendo que las empresas de telefonía están realizando cambios compulsivos de planes en las tarifas planas, motivo por el cual está actuando de oficio”.
 Los dos usuarios que reclamaron a Telecom Arnet, hicieron las denuncias ante la oficina de Defensa del Consumidor y ante la falta de respuesta de la empresa,  se aplicaron las multas por infracción al artículo 8 bis de la ley 24240 (falta de trato digno), falta de consideración y diligencia en brindar solución al problema de los usuarios.
http://www.laeconomiaonline.com/2015/04/25/telecom-arnet-falta-servicios-brindados-cobros-indebidos/


Télam - 05/04/2015

Corte Suprema de Justicia

Ratifican una multa a Clarín por no "respetar frases de carácter obligatorio" de promoción

La Corte Suprema de Justicia confirmó la imposición de una multa de 500.000 pesos sobre el grupo Clarín “por no respetar frases de carácter obligatorio” deben figurar en los avisos en los que se difunden promociones.

Se trata de una promoción sobre el sorteo de televisores para quienes publicaran avisos en el diario Clarín cuando se disputaba el Mundial de Sudáfrica 2010, según informa una nota publicada hoy por el diario Tiempo Argentino.

El 10 de junio de ese año, el matutino publicó una promoción en la que anunciaba que sortearía un televisor por día, hasta el final de la competencia ecuménica organizada por la FIFA, entre quienes publicaran avisos en el diario.

Los televisores se entregarían en las agencias receptoras que Clarín tiene diseminadas por todo el país, pero el diario no consignó las frases “sin obligación de compra” y “consulte en los locales de venta”, tal como lo exige la legislación vigente.

Clarín tampoco publicaba el alcance geográfico que debía tener esta promoción, y en función de ello, la Dirección Nacional de Comercio, tras un expediente que se tramitó durante dos años, sancionó al grupo con una multa de $ 500.000 pesos.

“El derecho del consumidor es un sistema global de normas, principios, instituciones e instrumentos de implementación que tienen la finalidad de garantizar una posición de equilibrio en sus relaciones de aquel con los empresarios (…)”, sostienen en un fallo de la Corte los jueces Elena Higton de Nolasco, Carlos Fayt y Carlos Maqueda.

En tanto que el titular del Máximo Tribunal, Ricardo Lorenzetti, no suscribió esta decisión que consideró “inadmisible” el recurso de queja que interpuso Clarín para frenar esta sanción.